La simultaneidad de actividades se produce cuando una empresa contratante y una o varias empresas externas realizan trabajos al mismo tiempo en unas mismas instalaciones.
Esta situación puede generar interferencias entre las diferentes actividades y dar lugar a riesgos para la salud, la seguridad laboral y el medioambiente.
El plan de prevención establece las medidas que debe adoptar cada una de las partes para prevenir y controlar estos riesgos.
La inspección conjunta previa consiste en una visita a la zona de trabajo realizada conjuntamente por la empresa contratante y la empresa externa. Sus objetivos son:
Cuando se identifican este tipo de riesgos, los representantes de ambas empresas deben acordar, antes del inicio de los trabajos, un plan de prevención que especifique las medidas que adoptará cada parte para reducirlos.
De acuerdo con el artículo R.4512-7 del Código del Trabajo francés, la elaboración de un plan de prevención por escrito es obligatoria en dos casos:
No obstante, se recomienda elaborar un plan de prevención incluso cuando no sea legalmente obligatorio, con el fin de reducir el riesgo de accidentes y facilitar la coordinación en materia de seguridad con las empresas contratistas.
También puede elaborarse un plan de prevención anual para las operaciones recurrentes previstas en un contrato anual.
Este plan no debe ser demasiado general y debe actualizarse siempre que sea necesario. Antes de cada intervención, debe comprobarse que el análisis de riesgos sigue siendo válido y se encuentra actualizado.
El plan de prevención compromete la responsabilidad tanto de la empresa contratante como de la empresa externa encargada de realizar los trabajos.